Contra la cultura del dinero pese a que poderoso caballero es Don Dinero

21 maig 2012

 “No deja de hablarse del déficit, de la deuda, de las altas operaciones financieras, pero se evita hacerlo del sufrimiento de los que no tienen nada, de la pobreza creciente de jóvenes y ancianos, del envilecimiento del mundo”

Publicado en “El País” la lectura del artículo de Gustavo Martín Garzo  Contra la cultura del dinero sólo os robará 5 minutos de vuestro tiempo que es, sin duda, mucho menos de lo que “otros” se llevan a espuertas.

“Rescataremos a los mismos bancos que desahucian al mes a más de 5.000 familias”

Madre, yo al oro me humillo,
Él es mi amante y mi amado,
Pues de puro enamorado
Anda continuo amarillo.
Que pues doblón o sencillo
Hace todo cuanto quiero,
Poderoso caballero
Es don Dinero.
Nace en las Indias honrado,
Donde el mundo le acompaña;
Viene a morir en España,
Y es en Génova enterrado.
Y pues quien le trae al lado
Es hermoso, aunque sea fiero,
Poderoso caballero
Es don Dinero.
Son sus padres principales,
Y es de nobles descendiente,
Porque en las venas de Oriente
Todas las sangres son Reales.
Y pues es quien hace iguales
Al rico y al pordiosero,
Poderoso caballero
Es don Dinero.
¿A quién no le maravilla
Ver en su gloria, sin tasa,
Que es lo más ruin de su casa
Doña Blanca de Castilla?
Mas pues que su fuerza humilla
Al cobarde y al guerrero,
Poderoso caballero
Es don Dinero.
Es tanta su majestad,
Aunque son sus duelos hartos,
Que aun con estar hecho cuartos
No pierde su calidad.
Pero pues da autoridad
Al gañán y al jornalero,
Poderoso caballero
Es don Dinero.
Más valen en cualquier tierra
(Mirad si es harto sagaz)
Sus escudos en la paz
Que rodelas en la guerra.
Pues al natural destierra
Y hace propio al forastero,
Poderoso caballero
Es don Dinero.

Autor: Francisco de Quevedo

Ilustración: “El prestamista y su esposa” (1514), de Quentin Massys.

En esta obra se representa el taller u oficina de un cambista. El marido está pesando unas monedas, y su mujer le mira, más interesada en el dinero que en el libro de oraciones que tiene entre las manos. En este matrimonio burgués anida ya una mayor preocupación por el bienestar terrenal en detrimento de la salvación espiritual.

En el sistema financiero español no se sabe a ciencia cierta si es más gravosa la envidia de los recaudadores, la avaricia de los usureros, la codicia de los prestamistas o la avidez de los banqueros.


La anciana y el cortejo

18 maig 2012

Arrastra el luto y los pies
entre piedras que esconden
memorias esclavas.
Una ausencia tiñe
la mirada errante.
Susurra los nombres
al son de una antigua canción marinera.
Gasteiz, Grimau, Ruano,
Grimau, Ruano, Gasteiz,
Subiendo la cuesta traspasa el cortejo.
La cruz, el obispo,
los santos codazos,
el fervor gazmoño.
El lienzo que cubre la impudicia muerta
agita balas ciegas,
miembros rotos,
cráneos machacados.
Es una tela con hedor a olvido.
La voz susurra los nombres
que se alejan del muerto y la murga.
Gasteiz, Grimau, Ruano,
Grimau, Ruano, Gasteiz.

Cada vez más lejos
resuena la antigua canción marinera
y la anciana piensa que cuando amanezca
buscará la tumba del verdugo muerto
y sobre la losa escupirá tres veces.

Autor: Gabriel Alejo Jackobis Polack

Ilustración: “mujer de un pescador oteando el horizonte” (1900), de Jozef Israëls.

Tanto Israëls como Millet son artistas que expresaban su admiración por el ser humano retratando la vida de las gentes humildes; Millet plasma la placida vida rural mientras que Israëls manifestaba la tristeza, el sufrimiento y la angustia de la vida cotidiana de la gente del mar.

La visita que Jozef Israëls realizó en 1855 a Zandvoort, le inspiró para representar las alegrías y los sufrimientos de los pescadores locales. Israëls supo plasmar el motivo de las muchachas y mujeres subidas a las dunas, oteando el mar a la espera de sus seres amados, hermanos, padres o hijos. Este motivo es común en la literatura y remite a la antigua historia mitológica en la que Ariadna, la hija del rey de Creta espera en vano en la playa a que vuelva su amado Teseo.

Aclaración necesaria: Aunque la combinación del poema y la pintura propuesta ofrece una interpretación melancólica que me gusta no quiero pasar por alto que la poesía fue publicada por su autor en su blog el pasado día 19 de enero con ocasión de la muerte de Fraga.

Esta contextualización política entiendo no seria justo quedara ocultada de manera tal que la intencionalidad del autor del poema se diluyera o se tergiversara.

Ilustración de Emil Stojek


STS 30/01/2012: Legitimación empresarial en determinados procesos de incapacidad

18 maig 2012

En esta sentencia se aborda la posible legitimación del empresario para impugnar resoluciones de la Seguridad Social que reconocen prestaciones a sus trabajadores, especialmente en casos de una declaración de incapacidad permanente. 

Es ésta una cuestión muy debatida que en los últimos años avanza hacia tesis que consolidan el derecho de la empresa que había estado con anterioridad muy restringido al entender que la acción correspondía exclusivamente el trabajador sin perjuicio de que la resolución administrativa o sentencia judicial sobre su incapacidad permanente pueda tener un efecto reflejo en la relación laboral. En ocasiones impedir la legitimación del empresario en procesos de Seguridad Social le causa perjuicios evidentes, presentes o futuros, que han de dar lugar a reconocerle como parte legitimada para que la sentencia dictada en el proceso de Seguridad Social. Convendrá, por tanto, establecer excepciones a la regla general de falta de legitimación empresarial.

En concreto, las más relevantes son: 

  1. Los supuestos de declaración por el INSS de una incapacidad permanente derivada de contingencias profesionales, tanto por accidente de trabajo como por enfermedad profesional, aunque no se le reclame responsabilidad alguna a la empresa por defectos del aseguramiento (alta o cotización), y aunque ya exista otra sentencia firme que declara la responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo del artículo 123 de la Ley General de la Seguridad Social. En este caso el empresario se haya legitimado para pedir un grado de incapacidad permanente inferior al reconocido en vía administrativa ya que tiene una posible repercusión en su patrimonio, por cuanto aunque el porcentaje del recargo de prestaciones ya fijado definitivamente es inamovible, sí que lo puede ser la prestación sobre la que se calcula si resulta inferior a la fijada administrativamente.
  2. Cuando se discute la contingencia común o profesional de una determinada prestación, ya que si se declara que ha sido debida a enfermedad común a la empresa no le alcanza responsabilidad alguna y no está, por consiguiente legitimada, pero si se declara causada por enfermedad profesional, y aunque la prestación la pague la Mutua que asegura el riesgo, ello supone una condena al empresario, que incorpora una declaración de unas determinadas circunstancias que pueden causarle perjuicios en el futuro (indemnización por daños, recargo, sanciones administrativas de la LISOS, pérdida de bonificaciones…).
  3. Cuando por las circunstancias del caso concreto planteado, la empresa, sin tener una genérica legitimación activa, sí tiene la denominada legitimación “ad causam”, entendida como “una actitud específica determinada, mediante la justificación necesaria para intervenir en un proceso concreto por obra de una relación en que las partes se encuentran respecto a la cosa objeto del proceso”, afectación cuya carga corresponde caso por caso a la empresa, como puede ser en todos aquellos procesos, muy frecuentes en la actualidad, en las que el trabajador o sus causahabientes obtienen una resolución del INSS en la que se modifica la contingencia determinante de una incapacidad permanente, pasando de enfermedad común a enfermedad profesional, con la consiguiente posible repercusión para la empresa en que se contrajo, o en aquellos casos en que la empresa es auto aseguradora del riesgo.

La conveniencia de dar cabida a las empresas en los procesos de incapacidad es especialmente relevante en todos aquellos derivados de riesgos profesionales lo que viene reforzado por la imposición procesal de litisconsorcio pasivo necesario. Negarle entonces un interés legítimo sería tanto como condenarle a soportar eventuales perjuicios sin ofrecerle la posibilidad de articular una mínima defensa.

Puede consultar aquí el texto íntegro de la STS 30-01-2012.


El acoso sexual en el trabajo (II): Responsablidades y medidas preventivas.

16 maig 2012


4.- Responsabilidad empresarial.

Es una obligación del empresario mantener un ambiente de trabajo exento de riesgo de acoso sexual para sus empleados. Y ello se traduce no sólo en su  obligación de no acosar sino además en su obligación de impedir que otros no acosen.

Por tanto, para exonerar al empresario sólo caben estas dos posibilidades:

  • SI CONOCIO EL ACOSO LO SANCIONO DEBIDAMENTE
  •  SI NO LO CONOCIO NO FUE POR CAUSA A ÉL IMPUTABLE

La mera alegación de que se ha dado una orden imperativa prohibiendo el acoso sin hacer nada más para garantizar que dicha orden se cumple por todos sus empleados sería insuficiente a estos efectos y, en buena lógica, debe existir un procedimiento específico para resolver las denuncias de acoso sexual a los trabajadores.

Además de la necesidad de que el sistema legal contemple un conjunto de recursos legales eficaces para actuar contra el acoso, es especialmente necesario que las víctimas tengan garantizado el cese de las conductas ofensivas y estén protegidos contra posibles represalias por haber presentado una reclamación o denuncia. En este sentido, la manera más efectiva de hacer frente al acoso sexual es elaborar y aplicar una política a nivel empresarial.

 

5.- Medidas preventivas para hacer frente al acoso sexual.

5.1. Declaración de principios. Compromiso de erradicar el acoso y manifestando que las conductas de acoso ni se permitirán ni perdonarán y explicitando el derecho a la queja de los trabajadores cuando ocurran. Debe asegurarse una difusión suficiente de esta declaración y de los procedimientos establecidos para activar la investigación que en su caso proceda.

5.2. Formación de los trabajadores. Especialmente de mandos con la finalidad de identificar los factores que pueden producir el acoso.

5.3. Procedimientos internos eficaces.

La denuncia interna presenta estas características:

-       El procedimiento debe proporcionar a los trabajadores la seguridad de que sus quejas y alegaciones serán tratados con total seriedad.

-       Los procedimientos informales buscan solucionar la situación a través de la confrontación directa entre las partes o a través de un intermediario. Por el contrario, los procedimientos formales buscan una investigación formal del asunto y la imposición final de sanciones si se confirma la existencia de acoso.

-       Se debe animar a solucionar el problema, en una primera instancia, de manera informal (hay que tener en cuenta que en muchos casos se trata de malentendidos). Si la persona tiene problemas para hacerlo por sí mismo debe poder hacerlo a través de una tercera persona (amigo, asesor,…). Se aconseja acudir al procedimiento formal cuando el informal no de resultado o sea inapropiado para resolver el problema.

-       Las investigaciones se han de llevar a cabo con total respeto para todas las partes. Deben estar presididas por la independencia y la objetividad. Se debe establecer un límite temporal para las investigaciones con el fin de evitar, por un lado, un proceso en exceso dilatado y, por otro, la imposibilidad de acudir al sistema legal.

-       El procedimiento interno no implica renuncia a la vía jurisdiccional y no constituye una fórmula para desactivar o desvanecer las legítimas quejas formuladas por los trabajadores.

 

6.- Consejos y recomendaciones para las victimas.

6.1. Decidirse a denunciarlo. Si estás siendo víctima de acoso sexual, no lo ocultes, no es culpa tuya. Considera que la persona que te acose es un problema para el medio laboral y no tu responsabilidad personal. Él es el único culpable de la situación.

6.2. Recoger pruebas y, de entre ellas, intentar obtener las más decisivas: documentos, notas, escritos, grabaciones de conversaciones o de imágenes. La grabación sonora es ideal; para que la captación de las mismas sea legítima y pueda hacerse valer en juicio es necesario que ésta se lleve a cabo por el afectado, no por un tercero.

6.3. Averiguar si existe un procedimiento interno – en la empresa – de resolución de los problemas de modo informal. Si es así, inicia los trámites. Si no es así, ponlo en conocimiento de la representación sindical y del empresario (por escrito y con acuse de recibo). En principio, es recomendable no dar noticias de las pruebas con que se cuenta (testigos, escritos o documentos, grabaciones). Puede ser que la situación cese y no se considere necesario utilizar la vía de denuncia formal.

6.4. Recoger información. Observa si el acoso tiene algún motivo e intenta, en su caso, describirlo. Averigua si otros compañeros tienen problemas similares, busca el apoyo de los compañeros. No pretendas luchar sola.

6.5. Solicita, en su caso, la baja por incapacidad temporal por depresión –como AT-.Si el acoso afecta a tu rendimiento en el trabajo y no puedes desarrollarlo por ansiedad, estrés, insomnio, solicita a tu médico la baja y requiérele para que haga constar en el parte correspondiente la patología que padeces y que es consecuencia de sufrir una situación de acoso en el trabajo. Solicita apoyo psicológico y un informe que se aportará como prueba en el procedimiento judicial.

7.- Corolario.

“Para desgracia de muchas trabajadoras, a una situación ya grave de acoso sexual viene a sumarse con frecuencia una situación de acoso psicológico. En estos casos, la víctima chantajeada sexualmente supone una amenaza potencial pues puede denunciar los hechos. Es necesario librarse del peligro que significaría una denuncia y anticiparse difamando a la víctima e intentando librarse de ella cuanto antes”  (Iñaki Piñuel: Mobbing: “Manual de autoayuda”)


La violación (Degas, 1868)

15 maig 2012


Habituados como estamos a las delicadas imágenes de ballet, carreras de caballos o representaciones de ópera, esta desconcertante escena pintada por Degas en 1868 resulta impactante.

Degas titula a su obra Escena de Interior o Pintura de Género, sin embargo ha pasado a la tradición con el nombre de La violación o La disputa. ¿Por qué violación o disputa?

La obra parece basarse en una escena de la novela de Zola, Madeleine Férat, en la que un matrimonio pasa una noche en un hostal y se establece entre ellos una disputa. La escena de disputa violenta y pasión arrebatadora pasó a ser considerada por los críticos como una violación, pero además se enfatizó en que la violación era de un hombre rico a una muchacha trabajadora.

Degas representa la escena en un reducido espacio, consiguiendo aportar una mayor carga emotiva y dramática al asunto. Las diagonales organizan la composición -la cama, la alfombra, incluso la mirada del hombre sobre la mujer. También encontramos curiosos contrastes como la cama intacta frente al desorden de las ropas; el espejo absorbiendo los reflejos que emite la chimenea; el hombre vestido y la mujer semidesnuda; las tonalidades oscuras de él y las claras de ella. Las tonalidades rojizas ocupan un papel determinante en el conjunto: las rosas que decoran la pared, simbolizando posiblemente la pasión; el rojo de la luz de la chimenea, el forro de seda de la maleta. Pero será la luz la auténtica protagonista, consiguiendo gracias a los efectos lumínicos aumentar la violencia de la escena, especialmente gracias a colocar al hombre en una zona de penumbra mientras que la mujer tiene la espalda iluminada por la lámpara que observamos en la mesa.

En la zona derecha de la composición nos encontramos a un hombre de pie, en una desafiante postura, con las piernas separadas y una penetrante mirada que sugiere su estado de tensión. De espaldas, con la combinación blanca resbalando sobre su hombro izquierdo y posiblemente llorando, se halla la mujer, en una postura con la que parece esconder su vergüenza. Junto a la cama, tirado en el suelo, podemos observar un corsé, mientras que en la mesa reluce un collar junto a un costurero abierto. En estos objetos han querido ver los expertos el mensaje de la obra: cómo la joven ha vendido su honra por una joya pero en el momento de entregarla se ha arrepentido, apareciendo el miedo y la culpa, lo que la lleva a dar la espalda al hombre si bien esta interpretación restaría mucha fuerza a la primigenia denuncia y devendría en una estampa moralizante.


El acoso sexual en el trabajo (I): Concepto, elementos esenciales y tipos de acoso.

13 maig 2012

De conformidad con la Resolución del Consejo Europeo de 1984 se entiende por acoso sexual “aquella conducta indeseada por el supuesto que la recibe, que se da en el entorno laboral, bien prevaliéndose de una situación de superioridad o bien constituyendo una actitud ofensiva para quien la padece al crear un entorno de trabajo hostil o intimidante”                    

Más completa es a mi parecer la definición que Salvador del Rey Guanter ofrece y que delimita el acoso sexual como:

“conducta de naturaleza sexual, desarrollada en el ámbito de organización y dirección del empresario, que el sujeto activo sabe o debe saber que es indeseada por el trabajador y cuya posición ante la misma determina una decisión afectante al empleo o a las condiciones de trabajo de éste o que, en todo caso, tiene como objetivo o como consecuencia crearle un entorno laboral ofensivo, hostil o intimidatorio”

Hace unos años la Inspección de Trabajo realizaba una distinción entre acoso técnico y acoso declarado. Esta delimitación entre uno u otro permitía poner de manifiesto el grave problema de falta de concienciación entre las propias afectadas ya que según esta terminología el acoso técnico incluye aquellas situaciones de acoso sufridas por las mujeres en su trabajo en el último año, con independencia de que las propias trabajadoras lo consideren o no acoso sexual y el acoso declarado serían sólo aquellas situaciones sufridas por la mujer en su trabajo en el último año y consideradas por ella como acoso sexual.

1.- Elementos esenciales del acoso sexual

Según Carlos Molero los tres elementos esenciales son:

         1.- Solicitud

            2.- Rechazo

            3.- Persistencia

Es necesario en primer lugar, que exista una propuesta de carácter libidinoso referido en exclusiva al sexo, sin ningún tipo de elemento afectivo o de aprecio. A la propuesta debe seguir una reacción de rechazo. El rechazo supone la frontera entre acoso sexual y relación amistosa. Finalmente, si conocido el repudio se insiste a pesar de ello es cuando hay acoso ya que es entonces cuando se  pone de relieve de manera más contundente el desprecio absoluto hacia la persona, su libertad de elección, su capacidad de decisión. Aunque el acoso sexual puede manifestarse en un único comportamiento siempre que tenga suficiente entidad “agresora” para la libertad sexual de la víctima y para su dignidad, la mayor parte de las situaciones implica actuaciones reiteradas.

La atención sexual se convierte en acoso sexual si continúa una vez que la persona objeto de la misma ha indicado claramente que la considera ofensiva, si bien un único incidente puede constituir acoso sexual si es lo suficientemente grave.

2.- Características individuales de acosador y víctima.

Respecto al sujeto activo: hombre, casado, entre 35 y 45 años y con antigüedad superior a 10 años, suelen ser pequeños patronos y mandos intermedios.

Y respeto al sujeto pasivo: mujeres solas con responsabilidades familiares (madres solteras, viudas, separadas, divorciadas) o mujeres que acceden por primera vez a sectores profesionales o categorías tradicionalmente masculinas y en las que las mujeres se encuentran subrepresentadas o también mujeres jóvenes que acaban de obtener su primer empleo, generalmente de carácter temporal o atípico.

3.- Tipos de acoso sexual: chantaje y ambiental.

3.1. Chantaje sexual

Presión física o verbal ejercida para que una persona se someta a los requerimientos sexuales con la amenaza de perder el empleo y/o sufrir determinados perjuicios o dejar de recibir determinadas condiciones de trabajo.

El sujeto activo conecta de forma condicionante una decisión suya a la respuesta que el sujeto pasivo dé en el ámbito sexual.

El chantaje puede ser explícito o implícito.

El chantaje sexual implícito, indirecto o tácito, se produce cuando el trabajador nunca ha sido solicitado o requerido sexualmente, pero otros trabajadores de su mismo sexo, en idénticas circunstancias profesionales, ascienden de categoría, mejoran sus salarios o reciben otros beneficios por aceptar las condiciones de un chantaje sexual.

3.2.  Acoso ambiental

El sujeto activo crea un entorno laboral intimidatorio, hostil o humillante para el trabajador mediante requerimientos sexuales no condicionados (ofensas verbales, bromas persistentes y graves de carácter sexual, comentarios de tipo sexual sobre la persona o vida íntima del trabajador, requerimientos a los trabajadores para que lleven una ropa sexualmente insinuante). Configuración de un clima odioso o ingrato.

Anexo: graduación acoso y diferentes responsabilidades


El joven mendigo (Murillo, 1650)

11 maig 2012

El niño mendigo, también conocido como Niño espulgándose, es una pintura barroca de Bartolome Esteban Murillo de 1650.

El cuadro muestra a un joven sentado en una esquina de un desangelado interior intentando quitarse un piojo que le molesta. Junto a él, aparecen un cántaro y un capazo, que representan su oficio como aguador y repartidor.

Murillo ha sido mundialmente conocido por ser el pintor barroco de las Inmaculadas, pero en su extensa obra, también realizó un tipo de pintura realista y de carácter social. Entre 1640 y 1655, el joven Murillo, influenciado por el auge de la literatura picaresca del Siglo de Oro y también por la doctrina de la justicia social propia de los franciscanos, comienza a formarse una conciencia social muy fuerte que le lleva a retratar temas propios de la época. Plasmó en sus lienzos niños mendigos y personas desamparadas; niños mendigos y algo pícaros, descalzos y malvestidos, como fiel reflejo de las profundas diferencias sociales de la época barroca donde Murillo actúa como cronista social especialmente dotado de una mirada crítica.

Sin embargo, el carácter de drama social de sus retratados no le influyó para captarlos siempre con amabilidad y ternura, sin expresar dolor o miseria.

Murillo representa un ejemplo de pobreza, pero el espíritu amable con el que compone su obra basta para alejar la sordidez del tema, que se queda en mera escena de género.

Los especialistas consideran que este Niño espulgándose es la primera obra de carácter costumbrista de las realizadas por Murillo. El pequeño aparece en una habitación, recostado sobre la pared y quitándose las pulgas que acompañan a sus ropas raídas. En primer término aparece una vasija de cerámica y un canasto del que caen algunas piezas de fruta. La figura está iluminada por un potente haz de luz que penetra por la ventana desde la izquierda, creando un fuerte contraste con el fondo que sirve para crear una mayor volumetría. La luz también refuerza el ambiente melancólico que define la composición, destacando el abandono en el que vive el muchacho. El marcado acento naturalista que refleja la escena tiene como fuentes a Zurbarán y Caravaggio, trayendo también a la memoria las escenas costumbristas de la primera etapa de Velázquez.

Por influencia claramente del pintor italiano Caravaggio, Murillo introduce en la escena un fuerte claroscuro mediante el fuerte foco de luz que entra por la ventana lateral. Este tenebrismo, junto con la marcada diagonal de la composición, ejemplifican los rasgos más característicos del Barroco español.

En cuanto al cromatismo, dominan los colores amarillentos y castaños, desde los más claros hasta los oscuros, casi negros.

Por las mismas fechas pinta éste otro cuadro, “Dos niños comiendo melón y uvas”.

Dos niños harapientos en una calle de Sevilla devoran con fruición un melón amarillo y racimos de uva. Esta debía ser una estampa cotidiana en la España del Siglo de Oro, un período histórico en el que la crisis económica y la decadencia del Imperio español convivían con el máximo esplendor del arte barroco.

Los dos pilluelos están la fruta, posiblemente robada, con verdadera ansia. Van vestidos con harapos y están tirados en la calle. Muestran un gesto de pillines y golfillos en sus miradas cómplices de lo que han hecho. Se puede ver sus uñas negras, sus ropas raídas, los pies sucios y el aspecto desaliñado. Como curiosidad, hay varias moscas en el melón y el niño del moflete hinchado acaba de escupir una pipa que vuela por el aire.

Es un cuadro naturalista porque muestra la realidad tal como es, con sus imperfecciones y fealdades. Murillo hace gala de una extraordinaria sensibilidad al pintar a los chiquillos con una gran dignidad y con un cariño exquisito que nos hace cómplices de sus andanzas y nos mueve a una sonrisa comprensiva.

Esos niños andrajosos, con sus vestiduras rotas, con sus pies sucios, sacados de alguna callejuela de Sevilla al final de cualquier verano de mediados del siglo XVII; pícaros y mendigos, lazarillos y buscones  en este lienzo parecen gozosos y felices. Más que compasión nos inspiran ternura.

 


Tierra lejanas

8 maig 2012


Tierras de Castilla,
Tierras Castellanas.
Donde yacen molinos,
que acarician suavemente los vientos de estas estancias.

Con sus aspas peinan los cielos,
a veces llenos de nubes que traen tormenta,
a veces serenos y azules,
como el color de los ríos que fluyen por estas tierras.

Sentimientos de libertad corren por los extensos terrenos.
Y entre campos de cultivo y tierras desiertas,
se esconden maravillosas sorpresas,
guardadas con cautela en el corazón de cada viajero
que busca refugio en estas haciendas.

Aires de meseta
que rocían los árboles florecientes en primavera.

Murallas que encierran,
recuerdos de legendarias batallas.
Libradas por valientes pueblos,
Libradas por valientes almas.

Por los grandes extensos corren,
los rayos de sol del mediodía,
y con esa ternura iluminan,
cálidamente los días.

Misteriosas leyendas se cuentan,
sobre estos míticos parajes.
Sobre estas bellas tierras.
Sobre las tierras cuyo recuerdo guardo
en algún lugar de mi memoria.

Autor: Esther Solé, 14 anys.

Ilustraciones: Marcel Nino Pajot y Vladimir Kush, “fauna en la Mancha” donde Don Quijote en lugar de batallar con el molino de viento gigante va a entrar en el duelo con las mariposas gigantes.


STS 25/01/2012: Prorrateo pagas extraordinarias.

7 maig 2012

Conforme el artículo 33 del ET relativo a la percepción de pagas extraordinarias deben contemplarse las siguientes pautas:

1.- Las dos gratificaciones extraordinarias son un derecho mínimo del trabajador, que no puede ser reducido, ni por convenio colectivo, ni por pacto individual (solo podría ser incrementado).

2.- Ni el convenio colectivo ni el pacto individual tienen posibilidad de fijar una de tales gratificaciones en otras fechas distintas de las fiestas navideñas.

3.- Solo el convenio colectivo ó los acuerdos entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores (pero no el pacto individual)  tienen jerarquía suficiente para fijar el mes en el que deba satisfacerse la otra gratificación extraordinaria.

4.- Únicamente el convenio colectivo puede señalar la cuantía de ambas pagas extraordinarias.

5.- También es el convenio la única fuente de la que puede desprenderse la posibilidad de que las gratificaciones se prorrateen en las doce mensualidades del año.

Por tanto, el legislador no ha previsto que el prorrateo de las pagas extraordinarias sea objeto de acuerdo entre el empresario y los trabajadores si el convenio colectivo no lo autoriza y, mucho menos, si el convenio colectivo lo ha expresamente prohibido.

En el caso que nos ocupa la Sentencia considera que el pago a prorrata no supone la satisfacción del crédito, de tal suerte que los trabajadores tendrían derecho,  pese a todo, a percibir nuevamente el importe íntegro de ambas gratificaciones, no obstante haberlas ya recibido prorrateadas. Esta obligación de satisfacer doblemente las gratificaciones extraordinarias comporta doble retribución de un mismo concepto salarial.

En resumen, la empresa se perjudica si el convenio colectivo lo prohíbe, y pese a ello prorratea las pagas extras, aunque el trabajador esté de acuerdo.

Probablemente hubiera sido más sensato –y justo- considerar individualmente satisfecha la deuda salarial sin perjuicio de que la Autoridad laboral impusiera una sanción por el prorrateo no autorizado y, a instancia de parte, una indemnización por vulneración derechos fundamentales al conculcar la negociación colectiva.

Puedes consultar aquí el texto íntegro de la STS 25-01-2012.


La prevenció de riscos laborals és responsabilitat de tots. Guía simplificada PRL

7 maig 2012

Any rere any els treballadors pateixen danys relacionats amb el treball. La majoria es poden evitar amb una gestió correcta de la prevenció dels riscos laborals.

1.    La prevenció a l’empresa forma part de la gestió empresarial. No es complicat ni tampoc necessàriament costós.

2.    En primer lloc cal conèixer el nivell de prevenció de l’empresa. Per això, cal fer l’avaluació inicial de riscos laborals.

3.    A partir dels resultats de l’avaluació inicial de riscos, l’empresa ha de planificar totes les activitats preventives que, en el seu cas, siguin necessàries.

4.    És necessari informar els treballadors respecte els riscos i les mesures preventives.

5.    Els treballadors han de rebre formació sobre la prevenció de riscos adequada a les característiques de l’empresa.

6.    El treballador ha de disposar d’equips de treball adequats.

7.    Cal preveure les possibles situacions d’emergència.

8.    S’ha de vigilar la salut del treballadors en relació amb els riscos presents a l’empresa.

9.    I, per fer tot això, l’empresa ha de disposar d’una determinada organització que dugui a terme l’activitat preventiva.

10. Perquè les activitats preventives tinguin la màxima eficàcia, és necessari que l’empresari tingui present l’opinió dels treballadors. Els treballadors tenen dret a ser consultats i a participar en la prevenció bé directament, o bé a través dels seus representants.

Muchas empresas se han dedicado al cumplimento meramente formal, centrado en la observancia de la ley, la inspección de trabajo y el miedo a la sanción, y no contemplan otros aspectos esenciales, como el análisis y estudio de las interacciones de los riesgos de las actividades concurrentes. Con objeto de optimizar recursos, y facilitar la gestión documental, el INSHT publica una guía orientativa de simplificación documental para empresas de hasta 50 trabajadores.
El artículo 16.2 bis de la Ley PRL establece que “las empresas, en atención al número de trabajadores y a la naturaleza y peligrosidad de las actividades realizadas, podrán realizar el plan de prevención de riesgos laborales, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva de forma simplificada, siempre que ello no suponga una reducción del nivel de protección de la seguridad y salud de los trabajadores y en los términos que reglamentariamente se determinen”.
Este precepto se desarrolla mediante el artículo 2.4 del Reglamento de los Servicios de Prevención): “Las empresas de hasta 50 trabajadores que no desarrollen actividades del anexo I podrán reflejar en un único documento el plan de prevención de riesgos laborales, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva. Este documento será de extensión reducida y fácil comprensión, deberá estar plenamente adaptado a la actividad y tamaño de la empresa y establecerá las medidas operativas pertinentes para realizar la integración de la prevención en la actividad de la empresa, los puestos de trabajo con riesgo y las medidas concretas para evitarlos o reducirlos, jerarquizadas en función del nivel de riesgos, así como el plazo para su ejecución”.

La guía no es vinculante pero facilita la elaboración del plan de prevención. Y lo hace de una manera sintética permitiendo gestionar la prevención de forma sencilla pero eficaz.

Puedes consultar y descargar la guía técnica del INSHT en esta dirección:

http://www.insht.es/portal/site/Insht/menuitem.1f1a3bc79ab34c578c2e8884060961ca/?vgnextoid=36922c70a3776310VgnVCM1000008130110aRCRD&vgnextchannel=75164a7f8a651110VgnVCM100000dc0ca8c0RCRD

Ilustraciones de Lewis Hine, serie “Men at Work, Empire State Building”.


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